Un restaurante factura el consumo como un servicio: un CFDI con la clave SAT de su giro, como la 90101501 «Restaurantes», la unidad E48, el IVA al 16 % y sin la propina. Debe emitirlo cuando el cliente lo pide, en caja o después, y las cuentas que nadie factura se incluyen en la factura global.

IVA
16 %, también para llevar y a domicilio
Clave SAT
90101501 «Restaurantes», con unidad E48
Propina
No se suma al consumo
Cuentas sin factura
Van en la factura global

Qué IVA lleva la factura de un restaurante

El 16 %. El último párrafo del artículo 2o.-A, fracción I, de la Ley del IVA aplica esa tasa a los alimentos preparados para consumirse en el establecimiento, aunque no tenga instalaciones para comer ahí, y también a los que son para llevar o para entrega a domicilio. Por eso la cuenta completa se factura al 16 %, aunque esos mismos alimentos sin preparar estén al 0 %.

Si tu restaurante está en la región fronteriza y aplica el estímulo de IVA, define la tasa con tu contador antes de configurar tus facturas.

Si vendes cerveza o bebidas alcohólicas

Además del IVA, esos productos pueden causar IEPS, y conviene que confirmes con tu contador cómo aplica en tu restaurante.

La cerveza que vendes con factura pierde la exención del IEPS. La Ley del IEPS exenta las ventas de cerveza al público en general, pero no considera público en general las ventas por las que se expide una factura que cumple el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación (artículo 8o, fracción I, inciso d). Una cuenta con cerveza que se factura puede causar IEPS además del IVA.

Las bebidas alcohólicas que vendes al público en general en botella abierta o por copeo, para tomarse en el mismo lugar, no se consideran una enajenación (venta) para el IEPS (artículo 7o, último párrafo). Como cada negocio tiene sus particularidades, no configures la clave ni el impuesto de estas ventas sin revisarlo con tu contador.

Qué clave SAT usar

Giro Clave SAT
Restaurante 90101501
Comida rápida 90101503
Cafetería 90101700
Bar 90101502
Comida para llevar y a domicilio 90101800

Todas van con la unidad E48 (Unidad de servicio), como sugiere el SAT en su guía de claves para la venta de comida. Los nombres de cada clave y la opción de facturar platillo por platillo están en clave SAT para restaurantes.

La propina no se factura

El criterio normativo 30/IVA/N del SAT, del Anexo 7 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, establece que la propina no forma parte de la base del IVA. La razón: el artículo 346 de la Ley Federal del Trabajo la considera parte del salario de los trabajadores, y el patrón no puede reservarse ninguna participación en ella.

Por eso la factura lleva el consumo, sin la propina. Aunque el cliente haya pagado la propina con tarjeta junto con su cuenta, el monto de la factura es el del consumo.

Quién paga el ISR de la propina, por qué es voluntaria y si existe una clave SAT para ella está en ¿la propina se factura?.

Cuándo hay que dar la factura

Si el cliente la pide, el restaurante debe emitirla y entregarla. El artículo 29 del Código Fiscal de la Federación obliga a expedir CFDI por las operaciones, y el artículo 83, fracción VII, considera infracción no expedirlo o no entregarlo. La multa general va de $22,300 a $127,530, y en el RESICO, de $1,910 a $3,800 (artículo 84, fracción IV). Lo detallamos en ¿pueden negarse a darme factura?.

Cuatro puntos que conviene cuidar

  1. El cliente puede pedirla después. La ley no le pone plazo para pedirla, y entre las prácticas indebidas el SAT incluye negar la factura porque no se pidió en el momento de la compra. Lo explicamos en cuánto tiempo hay para facturar un ticket.
  2. No le exijas la constancia de situación fiscal. El SAT aclaró en su comunicado 04-2026 que no es requisito para facturar, y condicionar la factura a que el cliente la entregue es una infracción del artículo 83, fracción IX, del Código Fiscal de la Federación.
  3. No lo mandes solo a una página. El SAT considera práctica indebida no dejar que el cliente dé sus datos al momento de la compra y únicamente remitirlo a un portal (criterio 1/CFF/PI del Anexo 3 de la RMF 2026). Ofrece la factura en caja y deja el portal como opción, como explicamos en ¿es legal un portal de autofacturación?
  4. No cobres más ni la niegues por pago en efectivo. El SAT también considera prácticas indebidas aumentar el precio cuando se pide factura y negarla cuando se paga en efectivo.

Qué datos te debe dar el cliente

Para facturar necesitas cinco datos del cliente:

  • RFC.
  • Nombre o razón social.
  • Código postal de su domicilio fiscal.
  • Régimen fiscal.
  • Uso del CFDI.

Si va a deducir el consumo, normalmente pide G03 (Gastos en general); si no, S01 (Sin efectos fiscales). Lo explicamos en datos para facturar CFDI 4.0 y en uso de CFDI G03, G01 y S01.

Con TuFacturaPro: el comensal captura estos datos él mismo y elige su uso de CFDI (G01, G03 o S01). Si eres persona física en el RESICO, la retención de 1.25 % se agrega sola cuando la factura es para una empresa. Ver cómo funciona →

¿Cuánto te costaría? Calcúlalo aquí →

¿El consumo es deducible para tu cliente?

Saberlo te ayuda a responder a quien pide factura. Para una empresa, el artículo 28, fracción XX, de la Ley del ISR permite deducir el 8.5 % de los consumos en restaurantes si se pagaron con tarjeta de crédito, de débito o de servicios, o con un monedero electrónico autorizado. Si cumplen los requisitos de viáticos de la fracción V, son deducibles al 100 %. Los consumos en bares no son deducibles en ningún caso.

Las cuentas que nadie factura: la factura global

Las ventas que ningún cliente facturó van en una factura global a público en general. Puede ser diaria, semanal o mensual, y se emite a más tardar 24 horas después del cierre del periodo (regla 2.7.1.21 de la RMF 2026). Las cuentas que el cliente ya facturó deben quedar fuera de la global para no facturarlas dos veces. Lo explicamos en la guía de la factura global a público en general.

Si un cliente pide factura de una cuenta que ya incluiste en una global, revisa qué hacer cuando el ticket ya está en una factura global.

¿Un restaurante puede tributar en el RESICO?

Sí, si cumple los requisitos. Una persona física puede optar por el Régimen Simplificado de Confianza si solo tiene actividades empresariales, profesionales o de arrendamiento y sus ingresos del año anterior no pasaron de 3.5 millones de pesos (artículo 113-E de la Ley del ISR). Las personas morales formadas solo por personas físicas tributan en su propio RESICO si sus ingresos no pasaron de 35 millones (artículo 206).

Cuando un restaurante persona física en el RESICO factura a una persona moral, esta le retiene el 1.25 % de ISR sobre el monto sin IVA (artículo 113-J); lo explicamos con un ejemplo en factura de RESICO a persona moral. La lista completa de regímenes está en régimen fiscal: las 19 claves del SAT.

Cómo ayuda TuFacturaPro a tu restaurante

  • Configuras una sola vez la clave de tu giro, la unidad E48, la descripción del consumo y el IVA al 16 %.
  • El comensal factura con el QR o en caja: en tu portal captura el folio, la fecha y el monto de su cuenta; si prefiere pedirla al pagar, tu personal la emite desde el panel. El portal solo acepta cuentas del mes en curso, pero desde el panel también puedes facturar las de meses anteriores.
  • La propina queda fuera: registras cada cuenta con el consumo sin propina, que es el monto que el comensal captura.
  • Te ayuda con la global: el reporte de ventas separa las cuentas facturadas de las que no, para que armes tu factura global sin duplicar.

Con honestidad: TuFacturaPro emite un solo concepto y un solo impuesto por cuenta (si tus cuentas con cerveza necesitan IVA e IEPS, no puede facturarlas), no emite la factura global y no cancela CFDI; eso lo haces con tu sistema contable o con tu contador. Conoce cómo funciona en autofacturación para restaurantes y, si estás comparando opciones, revisa cómo elegir un sistema de facturación para tu restaurante.

Fuentes oficiales

Este contenido es informativo y no sustituye la asesoría de un contador. Actualizado en noviembre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Qué IVA lleva la factura de un restaurante?

El 16 %. La Ley del IVA aplica esa tasa a los alimentos preparados para consumirse en el lugar, para llevar o para entrega a domicilio, aunque esos mismos alimentos sin preparar estén al 0 %.

¿La propina se incluye en la factura?

No como parte del consumo. Según el criterio normativo 30/IVA/N del SAT, la propina no forma parte de la base del IVA, porque la Ley Federal del Trabajo la considera parte del salario de los trabajadores.

¿Es obligatorio dar factura en un restaurante?

Sí, si el cliente la pide. No expedirla o no entregarla es una infracción del artículo 83, fracción VII, del Código Fiscal de la Federación, con multas de $22,300 a $127,530 en la regla general.

¿Qué uso de CFDI debo usar para restaurantes?

Lo elige el cliente según su régimen. Si es una empresa o una persona con actividad empresarial que va a deducir el consumo, normalmente G03 (Gastos en general); si no lo va a deducir, S01 (Sin efectos fiscales).

¿Un restaurante puede tributar en el RESICO?

Sí. Una persona física puede optar por el RESICO si solo tiene actividades empresariales, profesionales o de arrendamiento y sus ingresos del año anterior no pasaron de 3.5 millones de pesos. Las personas morales formadas solo por personas físicas tributan en su propio RESICO si sus ingresos no pasaron de 35 millones.