El régimen fiscal es la clave de tres dígitos con la que el SAT identifica cómo paga impuestos una persona o una empresa. El catálogo c_RegimenFiscal del CFDI 4.0 tiene 19 claves, de la 601 a la 626: 6 son solo para personas morales, 11 solo para personas físicas y 2 aplican a ambas. Cada factura lleva dos regímenes, el del emisor y el del receptor, y el del receptor debe ser compatible con el uso de CFDI que se elija; si no lo es, el timbrado se rechaza.

Lista de regímenes fiscales del SAT

Estas son las claves vigentes del catálogo c_RegimenFiscal, según los catálogos del CFDI 4.0 del SAT (versión del 15 de octubre de 2026). Las de personas morales son 601, 603, 620, 622, 623 y 624; la 610 y la 626 aplican a personas físicas y morales, y las demás son de personas físicas.

Clave Régimen
601 General de Ley Personas Morales
603 Personas Morales con Fines no Lucrativos
605 Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios
606 Arrendamiento
607 Régimen de Enajenación o Adquisición de Bienes
608 Demás ingresos
610 Residentes en el Extranjero sin Establecimiento Permanente en México
611 Ingresos por Dividendos (socios y accionistas)
612 Personas Físicas con Actividades Empresariales y Profesionales
614 Ingresos por intereses
615 Régimen de los ingresos por obtención de premios
616 Sin obligaciones fiscales
620 Sociedades Cooperativas de Producción que optan por diferir sus ingresos
621 Incorporación Fiscal
622 Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras
623 Opcional para Grupos de Sociedades
624 Coordinados
625 Régimen de las Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas
626 Régimen Simplificado de Confianza

Qué uso de CFDI admite cada régimen

El régimen y el uso de CFDI son datos distintos, pero el SAT los cruza. El catálogo c_UsoCFDI indica qué regímenes admite cada uso; ordenado por régimen, queda así:

Régimen Usos de CFDI que admite
601, 603, 620, 621, 622, 623, 624 y 626 G01 a G03, I01 a I08, S01 y CP01
605 D01 a D10, S01, CP01 y CN01
606, 612 y 625 G01 a G03, I01 a I08, D01 a D10, S01 y CP01
607, 608, 611, 614 y 615 D01 a D10, S01 y CP01
610 S01 y CP01
616 G02, S01 y CP01

En la práctica:

  • Un asalariado (605) no puede pedir factura con G01 ni G03. En una compra común usa S01; lo explicamos en uso de CFDI G03, G01 y S01.
  • Las deducciones personales (D01 a D10) no aplican en el RESICO (626) ni en los regímenes de personas morales.
  • Con el régimen 616 solo caben S01, CP01 y G02. Es el régimen del RFC genérico, como explicamos en XAXX010101000, el RFC genérico.

Qué significa cada régimen fiscal

Cada régimen corresponde a un apartado de la Ley del ISR. En resumen:

Personas morales

  • 601, General de Ley Personas Morales. El régimen general de las personas morales, como las sociedades mercantiles (Título II).
  • 603, Personas Morales con Fines no Lucrativos. Sindicatos, cámaras, colegios de profesionales, instituciones de asistencia o beneficencia, donatarias autorizadas, cooperativas de consumo y las demás personas morales del Título III.
  • 620, Sociedades Cooperativas de Producción que optan por diferir sus ingresos. Cooperativas de producción formadas solo por personas físicas, que pueden diferir el ISR hasta que reparten la utilidad a sus socios (Título VII, Capítulo VII).
  • 622, Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras. Personas morales que se dedican exclusivamente a esas actividades (Título II, Capítulo VIII).
  • 623, Opcional para Grupos de Sociedades. Grupos de empresas que eligen este régimen opcional (Título II, Capítulo VI).
  • 624, Coordinados. Personas morales que administran y operan activos del autotransporte terrestre de carga o de pasajeros (Título II, Capítulo VII).

Personas físicas

  • 605, Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios. Quien recibe sueldo de un patrón o ingresos que la ley asimila a salarios (Título IV, Capítulo I).
  • 606, Arrendamiento. Quien renta casas, locales u otros inmuebles (Título IV, Capítulo III).
  • 607, Régimen de Enajenación o Adquisición de Bienes. Ingresos por vender bienes, como un inmueble, o por adquirirlos en los casos que señala la ley, como una donación (Título IV, Capítulos IV y V).
  • 608, Demás ingresos. Ingresos de personas físicas que no encajan en los demás capítulos (Título IV, Capítulo IX).
  • 611, Ingresos por Dividendos (socios y accionistas). Socios y accionistas que reciben dividendos o utilidades de una persona moral (Título IV, Capítulo VIII).
  • 612, Personas Físicas con Actividades Empresariales y Profesionales. Quien tiene un negocio o ejerce una profesión por su cuenta (Título IV, Capítulo II, Sección I).
  • 614, Ingresos por intereses. Quien recibe intereses, por ejemplo de una inversión (Título IV, Capítulo VI).
  • 615, Régimen de los ingresos por obtención de premios. Quien gana premios de loterías, rifas, sorteos, juegos con apuestas o concursos (Título IV, Capítulo VII).
  • 616, Sin obligaciones fiscales. Personas físicas inscritas en el RFC sin obligaciones fiscales. También es el régimen que exige el SAT cuando el receptor es el RFC genérico XAXX010101000 o XEXX010101000.
  • 621, Incorporación Fiscal. Se derogó a partir de 2022 y ya no admite contribuyentes nuevos. Quien tributaba en él al 31 de agosto de 2021 pudo seguir durante el resto de su plazo de permanencia, según el artículo Segundo, fracción IX, de las disposiciones transitorias del decreto publicado en el DOF el 12 de noviembre de 2021.
  • 625, Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas. Quien vende bienes o presta servicios a través de plataformas o aplicaciones, como transporte de pasajeros, entrega de bienes u hospedaje (Título IV, Capítulo II, Sección III).

Personas físicas y morales

  • 610, Residentes en el Extranjero sin Establecimiento Permanente en México. Personas o empresas del extranjero con ingresos de fuente mexicana y sin establecimiento permanente en el país (Título V).
  • 626, Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). Personas físicas con actividades empresariales, profesionales o de arrendamiento e ingresos de hasta 3.5 millones de pesos en el año anterior (artículo 113-E), y personas morales formadas solo por personas físicas con ingresos de hasta 35 millones (artículo 206).

Qué régimen poner en la factura

En la factura va el régimen que tienes registrado ante el SAT. Lo puedes consultar en tu constancia de situación fiscal, pero para facturar no necesitas entregarla: basta con dar el dato, como explicamos en la constancia de situación fiscal para facturar.

Si tienes más de un régimen, el esquema del CFDI 4.0 indica que se registra el régimen al que aplicará el efecto fiscal de la factura. Por ejemplo, si eres asalariado (605) y además tienes un negocio en el 612, para un gasto del negocio usas el 612.

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Qué pasa si el régimen está mal

El PAC valida el régimen del receptor al timbrar. Según la matriz de errores del CFDI 4.0, estos son los rechazos relacionados:

Error Cuándo ocurre
CFDI40157 La clave no existe en el catálogo c_RegimenFiscal
CFDI40158 El régimen no corresponde al tipo de persona del receptor (física o moral)
CFDI40159 El receptor es XAXX010101000 o XEXX010101000 y el régimen no es 616
CFDI40161 El uso de CFDI no aplica para el tipo de persona o el régimen del receptor

Cuando el timbrado se rechaza, la factura no se emite: hay que corregir el dato y volver a intentarlo. Explicamos cómo en errores CFDI40161 y CFDI40158; si el problema está en el nombre o en el código postal, revisa los errores CFDI40145 y CFDI40147.

Cómo lo maneja TuFacturaPro

En el portal de autofacturación de TuFacturaPro, tu cliente elige su régimen fiscal de una lista y el uso de CFDI entre G01, G03 y S01, las claves que cubren las compras de mostrador. Si su RFC ya facturó antes, sus datos se autocompletan. Si el uso no corresponde a su régimen, el SAT rechaza el timbrado y el cliente puede corregir sus datos e intentarlo de nuevo.

Para ver todos los datos que pide el portal, consulta datos para facturar CFDI 4.0.

Fuentes oficiales

Este contenido es informativo y no sustituye la asesoría de un contador. Actualizado en octubre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Qué régimen fiscal es el 612?

Es el de Personas Físicas con Actividades Empresariales y Profesionales: quienes tienen un negocio o ejercen una profesión por su cuenta (Título IV, Capítulo II, Sección I de la Ley del ISR). Admite los usos de CFDI G01 a G03, I01 a I08, D01 a D10, S01 y CP01.

¿Cuál es el régimen fiscal de sueldos y salarios?

Es el 605, Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios. Solo admite los usos D01 a D10, S01, CP01 y CN01, así que un asalariado no puede pedir factura con G01 ni G03.

¿Qué clave de régimen fiscal tiene el RESICO?

La 626, Régimen Simplificado de Confianza. Aplica a personas físicas con actividades empresariales, profesionales o de arrendamiento e ingresos de hasta 3.5 millones de pesos en el año anterior, y a personas morales formadas solo por personas físicas con ingresos de hasta 35 millones. Admite G01 a G03, I01 a I08, S01 y CP01, pero no las deducciones personales D01 a D10.

¿Qué es el régimen 616?

Es Sin obligaciones fiscales, un régimen de personas físicas. También es el que exige el SAT cuando la factura va al RFC genérico XAXX010101000 o XEXX010101000. Con el 616 solo se pueden usar los usos S01, CP01 y G02.

Tengo dos regímenes, ¿cuál pongo en la factura?

El régimen al que aplicará el efecto fiscal de la factura, como indica el esquema del CFDI 4.0 del SAT. Por ejemplo, si eres asalariado (605) y además tienes un negocio en el 612, para un gasto del negocio usas el 612.

¿El régimen fiscal es lo mismo que el uso de CFDI?

No. El régimen dice cómo pagas impuestos, por ejemplo el 612, y el uso de CFDI dice para qué usarás la factura, por ejemplo G03, gastos en general. El SAT los cruza: si el uso no es válido para tu régimen, rechaza el timbrado con el error CFDI40161.