La clave SAT para una cafetería es la 90101700 «Servicios de cafetería», con la unidad E48 (Unidad de servicio) e IVA al 16 %, si facturas el consumo como un servicio. El SAT la propone en su guía de sugerencias para la venta de comida en el establecimiento o para llevar. Si facturas cada producto por separado, la misma guía propone claves como la 50201708 «Bebida de café» o la 50181901 «Pan fresco». Y en una cafetería casi todo lleva IVA al 16 %: también lo que vendes para llevar y el pan.

La clave SAT de una cafetería: 90101700

Clave
90101700
Nombre en el catálogo
Servicios de cafetería
Unidad
E48 (Unidad de servicio)
IVA
16 % También para llevar o a domicilio (artículo 2o.-A, fracción I, último párrafo, de la Ley del IVA).
Dónde la sugiere el SAT
Guía de sugerencias de claves, apartado 45. Servicio de venta de comida para consumo en el establecimiento o para llevar.

En ese apartado, el SAT propone varias claves de servicio, todas con la unidad E48, y dice que puedes usar la que más se parezca a tu negocio:

Nombre en el catálogo del SAT Clave
Servicios de cafetería 90101700
Establecimientos de comida rápida 90101503
Restaurantes 90101501
Servicios de comida para llevar y a domicilio 90101800
Establecimientos para comer y beber (clase) 90101500

Ojo con la 90101503: es «Establecimientos de comida rápida», no cafetería. Puede servirte si lo que más vendes es comida rápida; si vendes café, pan y bebidas, la 90101700 describe mejor tu negocio.

Claves que dicen «cafetería», pero no son para tu negocio

Si buscas «cafetería» o «café» en el catálogo, salen claves que no describen lo que vende tu cafetería:

Clave Nombre en el catálogo Por qué no
95121503 Cafetería Está en la clase 95121500 «Edificios y estructuras comerciales y de entretenimiento»: es el inmueble, no el servicio.
90101701 Administración de cafeterías al pie de obra Es la administración de una cafetería en una obra, no la venta al público.
73131507 Servicios de elaboración del café Está en la clase 73131500 «Procesamiento de bebidas», de servicios de producción industrial.
56121400 Mobiliario de cafetería y comedor Son muebles.

Puedes revisar cualquier clave en el buscador de claves de producto o servicio y la unidad en el buscador de claves de unidad.

Comida para llevar: la misma clave y el mismo IVA

Si en tu cafetería parte de la venta es para llevar, la 90101700 sigue siendo válida: el SAT la propone para la venta de comida en el establecimiento o para llevar. Si tu negocio vende sobre todo para llevar o a domicilio, el catálogo tiene claves para eso, todas con la unidad E48:

Servicio Clave SAT
Servicios de comida para llevar y a domicilio 90101800
Comidas para llevar preparadas profesionalmente 90101801
Servicios de comidas a domicilio 90101802

La 90101800 está en la guía de sugerencias del SAT; la 90101801 y la 90101802 están en el catálogo, pero no en esa guía. Para llevar o no, el IVA es el mismo: 16 %.

Si facturas cada producto: café, pan y bebidas

En su apartado 3 («Cafetería»), la guía de sugerencias del SAT propone claves de producto para quien vende bebidas, alimentos de preparación rápida, pan y pastelitos:

Producto Clave SAT
Bebida de café 50201708
Bebidas de té 50201712
Refrescos 50202306
Jugo fresco 50202305
Agua 50202301
Pan, galletas y pastelitos dulces 50181900
Pan fresco 50181901
Ponqués pasteles o biscochos frescos 50182001
Emparedados frescos 50192501
Platos combinados empaquetados 50192700

Si además vendes café en grano o molido en bolsa, su clave es la 50201706 «Café», cuya palabra similar en el catálogo es «Café molido». La guía del SAT la sugiere en su apartado para productores agrícolas, con la unidad KGM (Kilogramo).

La unidad depende de cómo vendes cada producto. La guía propone H87 (Pieza) para el pan, C62 (Uno) para productos como platos combinados y bebidas en su apartado de venta de comida, y KGM para el café por kilo.

El IVA en una cafetería: casi todo al 16 %

Lo que vendes IVA Fundamento
Consumo en el local 16 % Artículo 2o.-A, fracción I, último párrafo, de la Ley del IVA.
Café, bebidas y alimentos para llevar o a domicilio 16 % El mismo párrafo. El criterio 13/IVA/N del SAT menciona a las cafeterías, también para llevar y en autoservicio.
Pan, pasteles y galletas que vendes en tu cafetería 16 % Artículo 10-A, último párrafo, del Reglamento de la Ley del IVA.
Refrescos, jugos y agua embotellada en envases de menos de 10 litros 16 % Artículo 2o.-A, fracción I, inciso b), numeral 1, e inciso c), de la Ley del IVA.
Café en grano o molido en bolsa Confírmalo con tu contador Ver la nota siguiente.

Fuera de una cafetería, el pan y otros productos sin preparar pueden ir a tasa 0 %. El artículo 10-A del Reglamento de la Ley del IVA dice que no son alimentos preparados el pan, los pasteles y las galletas, los alimentos envasados al vacío o congelados y los que el cliente debe cocinar después. Pero el mismo artículo aclara que, si se venden en restaurantes, fondas, cafeterías y establecimientos similares, la tasa es del 16 %.

El café en bolsa, confírmalo con tu contador: la Ley del IVA pone a tasa 0 % los productos destinados a la alimentación y no excluye al café por su nombre. Pero si lo vendes envasado al vacío en tu cafetería, el artículo 10-A del Reglamento puede llevarlo al 16 %.

La propina no se suma al consumo ni a la base del IVA (criterio normativo 30/IVA/N del SAT). Lo explicamos en ¿la propina se factura?

Cómo llenar la factura de una cafetería

Clave de producto o servicio
90101700 «Servicios de cafetería».
Clave de unidad
E48, con cantidad 1 por ticket.
Descripción
El servicio, por ejemplo «Consumo de alimentos y bebidas».
IVA
Trasladado al 16 %. También en lo que vendes para llevar.
Propina
No se suma al consumo.
Uso de CFDI
El que indique el cliente. Si va a deducir el consumo, normalmente G03; si no, S01. Lo explicamos en uso de CFDI G03, G01 y S01.

Con TuFacturaPro: configuras una vez la 90101700, la unidad E48, la descripción base y el IVA al 16 %. Tu cliente escanea tu QR, captura folio, fecha y monto, y su factura sale con esos datos. Ver cómo funciona →

Casi todo lo que explicamos en cómo debe facturar un restaurante aplica igual a una cafetería: cuándo dar la factura, la propina y qué hacer con los tickets que nadie factura. Las claves de restaurantes, bares, banquetes y comida rápida están en clave SAT para restaurantes.

Cómo ayuda TuFacturaPro a una cafetería

  • Configuras una sola vez la clave de tu giro, la unidad E48, la descripción del consumo y el IVA al 16 %. Cada factura sale con esos datos.
  • Tu cliente factura con el QR o en caja: captura el folio, la fecha y el monto de su ticket en tu portal, o tu personal emite la factura desde el panel.
  • Un concepto y un impuesto por factura: si en el mismo ticket vendes productos al 16 % y otros al 0 %, TuFacturaPro no separa las tasas. Esa venta necesita dos conceptos, y para ese ticket no es el sistema indicado.
  • La factura global se prepara aparte: TuFacturaPro no la emite, pero su reporte de ventas sin facturar te da la lista de tickets para armarla.

Conoce cómo funciona en autofacturación para restaurantes y cafeterías.

Fuentes oficiales

Este contenido es informativo y no sustituye la asesoría de un contador. Actualizado en octubre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la clave SAT de una cafetería?

La 90101700 «Servicios de cafetería», con la unidad E48 (Unidad de servicio) e IVA al 16 %. El SAT la propone en su guía de sugerencias de claves, en el apartado de venta de comida para consumo en el establecimiento o para llevar.

¿La clave 90101503 sirve para una cafetería?

La 90101503 es «Establecimientos de comida rápida». La guía del SAT permite usar la clave de servicio de venta de comida que más se parezca a tu negocio, así que puede servirte si vendes sobre todo comida rápida. Si vendes café, pan y bebidas, la 90101700 «Servicios de cafetería» te describe mejor.

¿Qué clave SAT lleva el café?

El café preparado, la 50201708 «Bebida de café». El café en grano o molido, la 50201706 «Café», cuya palabra similar en el catálogo es «Café molido»; la guía de sugerencias del SAT la propone con la unidad KGM (Kilogramo).

¿El café para llevar lleva IVA?

Sí, al 16 %. El último párrafo del artículo 2o.-A, fracción I, de la Ley del IVA aplica esa tasa a los alimentos preparados para llevar o a domicilio, y el criterio normativo 13/IVA/N del SAT menciona a las cafeterías, también para llevar y en autoservicio.

¿El pan que vendo en mi cafetería lleva IVA?

Sí, al 16 %. El artículo 10-A del Reglamento de la Ley del IVA dice que el pan, los pasteles y las galletas no son alimentos preparados, pero que cuando se venden en restaurantes, fondas, cafeterías y establecimientos similares la tasa es del 16 %.

¿Qué claves SAT llevan los productos de cafetería?

Si facturas cada producto, la guía de sugerencias del SAT para cafeterías propone claves como la 50201708 «Bebida de café», la 50201712 «Bebidas de té», la 50181901 «Pan fresco», la 50182001 «Ponqués pasteles o biscochos frescos» y la 50192501 «Emparedados frescos».