No para cambiarla de día o de mes. La factura (CFDI) lleva la fecha y hora en que se expide, en la hora local del lugar de expedición, y el proveedor de certificación (PAC) solo la timbra si entre esa fecha y la certificación no han pasado más de 72 horas (regla 2.7.2.9 de la RMF 2026). Ese margen sirve para timbrar una factura ya generada, por ejemplo después de una falla de conexión. Una venta del mes pasado se factura con la fecha del día en que generas la factura.

Fecha de la factura
La de su expedición. En la hora local del lugar donde se expide, según la guía de llenado del CFDI 4.0.
Margen para timbrar
Hasta 72 horas. Entre la fecha en que se genera y la certificación. Tampoco se acepta una fecha futura.
Después de 72 horas
El PAC no la timbra. Hay que generarla de nuevo, con la fecha del día.
Venta del mes pasado
Se factura con la fecha actual. Si ya iba en tu factura global, primero corriges la global.

Qué dice la regla de las 72 horas

La regla 2.7.2.9 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 enumera lo que el PAC revisa antes de timbrar una factura. La primera validación es la fecha: que el periodo entre la fecha de generación del documento y la fecha en que se pretende certificar no pase de 72 horas, ni sea menor a cero horas. Es decir, no se timbra una factura generada hace más de tres días ni una con fecha futura.

Dos detalles de la misma regla:

  • La hora es la del lugar de expedición. El PAC cuenta las 72 horas con el huso horario del código postal que va en el campo LugarExpedicion de la factura.
  • Sin timbre no hay factura. El CFDI se considera expedido cuando se genera, se sella con el certificado de sello digital y obtiene el timbre fiscal digital dentro de ese plazo.

La matriz de errores del CFDI 4.0 no tiene un código propio para este caso: el rechazo lo da el PAC al intentar timbrar.

¿Puedo poner la fecha de ayer o del mes pasado?

La fecha no se elige. La guía de llenado del CFDI 4.0 define el campo Fecha como la fecha y hora de expedición del comprobante, y pide que corresponda con la hora local donde se expide.

El SAT lo explica en sus preguntas y respuestas sobre comprobación fiscal. A la pregunta de si se puede poner cualquier fecha, como la de un mes anterior, responde que la factura debe llevar la fecha del momento en que se emite. Y sobre las 72 horas, explica que son para los problemas de conexión: se genera la factura y, cuando vuelve el servicio de internet, se envía a certificar.

Las 72 horas no sirven para cambiar de mes una factura. Son el margen para timbrar un comprobante que ya se generó.

Cómo facturar una venta del mes pasado

Con la fecha del día en que generas la factura. La guía de llenado de la factura global del SAT tiene un ejemplo: una venta del 11 de junio que el cliente pide facturar después se factura con fecha del 20 de junio.

Lo que cambia es si esa venta ya iba en tu factura global:

  1. Revisa si el ticket está en una global. Busca por folio en la factura global del periodo de la venta.
  2. Si está, corrige la global. La guía del SAT muestra dos caminos: cancelar la global con el motivo 04 y reexpedirla sin ese ticket, o emitir un CFDI de egreso relacionado con la global.
  3. Emite la factura del cliente. Con la fecha del día y los datos fiscales que te dé.

El paso a paso, con los plazos para cancelar una global, está en ¿se puede facturar un ticket incluido en la factura global?

Con TuFacturaPro: el reporte de ventas sin facturar te dice si ese folio quedó para tu global. Si quedó, corrige primero la global con tu contador; después emites la factura desde el panel y sale con la fecha del día. Ver cómo funciona →

¿En qué mes cuenta el ingreso?

La fecha de la factura no decide sola a qué mes corresponde el ingreso. La ley lo liga a hechos:

  • Personas morales: el ingreso se acumula con lo que ocurra primero entre expedir la factura, entregar el bien o prestar el servicio, y cobrar o que el pago sea exigible (artículo 17, fracción I, de la Ley del ISR).
  • Personas físicas con actividad empresarial: cuentan los ingresos efectivamente percibidos (artículo 102), y en el RESICO, los efectivamente cobrados (artículo 113-E).
  • IVA: se causa cuando se cobra efectivamente la contraprestación (artículos 11 y 17 de la Ley del IVA).

Si facturas en un mes una venta de otro, tu contador define en qué periodo se declara.

Los plazos que se suelen confundir

Qué Plazo
Enviar la factura a certificar A más tardar 24 horas después de la operación (artículo 39 del Reglamento del CFF)
Timbrar la factura Hasta 72 horas después de generarla (regla 2.7.2.9 de la RMF 2026)
Emitir la factura global A más tardar 24 horas después del cierre del periodo (regla 2.7.1.21 de la RMF 2026)
El cliente pide su factura La ley no le fija plazo (artículo 29 del CFF)

Sobre el último, el SAT señala en su guía de prácticas indebidas que negar la factura porque no se pidió en el momento es indebido y que se puede emitir después, mientras sea en el mismo año en que se realizó la operación. Lo explicamos desde el lado del cliente en ¿cuánto tiempo tengo para facturar un ticket?

Cómo lo maneja TuFacturaPro

  • La fecha la pone el sistema: cada factura sale con la fecha y hora del momento en que se emite, en la hora local del código postal de tu sucursal. No se captura ni se cambia.
  • Se timbra al emitirla: la factura se manda a timbrar en el momento en que el cliente o tu personal la emite, así que el margen de 72 horas no se vuelve un problema.
  • Meses anteriores, desde el panel: en el portal, el cliente factura los tickets del mes en curso; los de meses anteriores los facturas tú desde el panel, con la fecha del día.
  • No hace la factura global: te da el reporte de ventas facturadas y sin facturar en CSV para que tu contador la prepare.

Conoce cómo funciona en facturación por ticket.

Fuentes oficiales

Este contenido es informativo y no sustituye la asesoría de un contador. Actualizado en octubre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Se puede hacer una factura con fecha anterior?

No para cambiarla de día o de mes. La factura lleva la fecha y hora en que se expide, y el proveedor de certificación solo la timbra si entre esa fecha y la certificación no han pasado más de 72 horas (regla 2.7.2.9 de la RMF 2026). Ese margen sirve para timbrar una factura ya generada, por ejemplo después de una falla de conexión.

¿Qué pasa si timbro una factura después de 72 horas?

El proveedor de certificación no la timbra, y la regla 2.7.2.9 dice que el CFDI solo se considera expedido si obtiene el timbre dentro de ese plazo. Hay que generarla de nuevo, con la fecha del día.

¿Puedo facturar este mes una venta del mes pasado?

Sí, con la fecha del día en que generas la factura. Si esa venta ya iba en tu factura global, primero corriges la global y después emites la factura del cliente. En qué mes se declara el ingreso lo define tu contador.

¿En qué hora se cuentan las 72 horas?

En la del lugar de expedición: el proveedor de certificación usa el huso horario del código postal que va en el campo LugarExpedicion de la factura, según la regla 2.7.2.9.

¿Hay un plazo para que el cliente pida su factura?

La ley no le fija uno: el artículo 29 del Código Fiscal de la Federación le pide solicitarla, pero no dice hasta cuándo. En su guía de prácticas indebidas, el SAT señala que la factura se puede emitir después, mientras sea en el mismo año en que se realizó la operación.